Requisitos

  • NACIONALIDAD
    • Poseer la nacionalidad española.
  • EDAD
    • Los aspirantes deben cumplir los 18 años en el año en el que se realice la convocatoria y no cumplir más de 41 años durante este mismo período. 
  • HABILITACIÓN
    • No estar privado de los derechos civiles.
    • Carecer de antecedentes penales y no tener abierto en calidad de procesado, imputado, investigado o encausado, ningún procedimiento judicial por delito doloso.
    • No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
  • CAPACIDADES
    • Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de estudios, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento y las pruebas que se determinen en esta convocatoria.
  • TITULACIÓN
    • Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.
    • Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
    • Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio en centros públicos o privados autorizados.
    • Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio, de grado superior o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
    • Estar en posesión de alguna de las titulaciones contempladas en la formación profesional del sistema educativo.
  • REQUISITOS ESPECÍFICOS
    • Adquirir el compromiso de portar armas. Utilizarlas conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad, que se prestará a través de declaración del solicitante.
    • Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
    • Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, autoridades o virtudes militares; argollas, espigas, inserciones, automutilaciones o similares que pudieran ser visibles vistiendo el uniforme. También marcas que supongan desdoro para dicho uniforme o que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Guardia Civil.